El CPETIG presenta recurso de reposición contra el Parlamento por abrir a todas las titulaciones la convocatoria de plazas para el Grupo B de informática

El CPETIG, a través de su presidente, Marcos Mata, presentó el pasado 28 de diciembre un recurso potestativo de reposición contra el acuerdo de la Mesa del Parlamento de Galicia que abre a todas las titulaciones la convocatoria de dos plazas de la escala técnica en informática de la Cámara gallega, por entender que infringe los principios de mérito y capacidad y quebranta el de igualdad.

Inicialmente, estas plazas fueron convocadas exigiendo titulación en informática, según las bases publicadas en el DOGA de 22 de agosto de 2017, pero como consecuencia de un recurso presentado y estimado por la Mesa del Parlamento, la Cámara acordó la modificación de los requisitos de formación, dejando abiertas estas dos plazas a cualquier persona “diplomada o graduada en una titulación de cualquier rama”, según las bases, publicadas en el DOGA de 28 de noviembre de 2017.

En sus alegaciones, el CPETIG argumenta que la formación exigida en principio –diplomatura en informática, ingeniería técnica en informática o grado en ingeniería informática- es la requerida expresamente para los puestos convocados por la lexislación del propio Parlamento, de la misma forma que así se dispone en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración del Parlamento de Galicia.

Indefensión y quebranto del principio de igualdad

 El CPETIG considera que abrir la convocatoria de estas plazas a la generalidad de las profesiones supone “una discriminación al ver usurpada su especialización”. Y pone de relieve que otras Comunidades Autónomas dirigen las convocatorias de puestos similares única y exclusivamente a personas tituladas en ingeniería técnica en informática, que son las únicas oficialmente capacitadas según su titulación para el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas.

Este caso deja en situación de evidente indefensión a los profesionales de la ingeniería técnica en informática en Galicia, que ven quebrantado el principio de igualdad por partida doble: tanto en relación a otras titulaciones como a otras Comunidades Autónomas, en las que sí se respetan sus derechos.

Así mismo, el CPETIG entiende que se estarían conculcando los preceptos de igualdad, mérito y capacidad para el acceso al empleo público, derivados de la normativa vigente, y la necesaria adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones y tareas a desarrollar, recogida en el Estatuto Básico del Empleado Público.

Falta de motivación en el cambio de criterio

El CPETIG aprecia, por otra parte, una total falta de motivación en el cambio de criterio de las bases de la convocatoria, teniendo en cuenta que “no se utiliza ningún argumento con fundamento suficiente que justifique que una plaza dirigida a profesionales de un perfil concreto se abra a una generalidad de profesiones, sin tener en cuenta la afinidad de la materia, infringiendo los principios de mérito y capacidad”.

En consecuencia, el CPETIG solicita en su recurso que se declare la nulidad del citado acuerdo de la Mesa del Parlamento por el que se modifican las bases del proceso selectivo, dictando en su lugar otro por el que se deje sin efecto la modificación acordada.