El TXSG ha desestimado la demanda del Colegio contra lo Gobierno gallego por la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre, al cuerpo superior de la Administración General, subgrupo A1, escala de sistemas y tecnología de la información, que perjudica a los titulados en Ingeniería Técnica en Informática al abrir la categoría a todo título de licenciado o grado de cualquier especialidad
La férrea defensa de los intereses del sector es uno de los principios fundacionales del Colegio, que ya desde 2009 reivindica la creación específica de una escala técnica en informática y que la titulación mínima para pertenecer a ella sea la Ingeniería Técnica en Informática o equivalente, situación que se ha agravado en estos años, a medida que esta área adquiere mayor relevancia para el servicio público gallego
El ente colegial analiza el fallo del TSXG y estudia nuevas medidas para seguir exigiendo a la Xunta que aplique los principios de mérito y capacidad, lamentando que desde el Gobierno gallego no se busque una solución política que haga justicia y defienda a un sector fundamental para la Administración y para Galicia
Santiago de Compostela, 08 de noviembre de 2023.- El Colexio Profesional de Enxeñaría Técnica en Informática de Galicia interpuso el pasado año ante el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia un recurso contencioso-administrativo (71/2022) contra la Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Consellería de Facenda e Administración Pública, por la que se convocó el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de acceso libre, en el cuerpo superior de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de sistemas y tecnología de la información, que el tribunal ha desestimado (sentencia 00694/2023), ante lo que cabe recurso de casación.
La postura que desde el primer momento defiende el ente colegial se centra en la petición de “declaración de nulidad, o anulabilidad de la norma general de la convocatoria, por no ser conforme a derecho, debiendo establecer como requisito de acceso estar en posesión de la titulación de licenciatura o grado en Ingeniería Informática, o subsidiariamente, aquellas titulaciones que tengan relación directa con el temario de la convocatoria y funciones del puesto y, en todo caso pertenecientes a la misma rama de conocimiento de la Ingeniería Técnica en Informática e Ingeniería Informática”.
El desencadenante de este proceso judicial fue la resolución de la Consellería por la que se abría el proceso a todo título de licenciatura o grado perteneciente a cualquier rama, lo que supone dar entrada a titulaciones con planes de estudio que no contemplan las materias del temario que tendrían que ser de referencia, con un importante contenido en informática, teniendo en algunas de ellas solo nociones básicas residuales a nivel de usuario, lo que imposibilita que se presuponga que los titulados cuenten con la capacidad y habilitación adecuadas para poder desarrollar el puesto ofertado y, por lo tanto considerarlos idóneos para ello. Sin embargo, la remisión genérica se efectúa a toda licenciatura o grado de 5 ramas de conocimiento: Artes y Humanidades; Ciencias; Ciencias de la Salud; Ciencias Sociales y Jurídicas; e Ingeniería y Arquitectura, encontrándose la Ingeniería Técnica en Informática en esta última.
Tal y como recoge la sentencia del TSXG, el CPETIG defiende que “se permite el acceso a todo licenciado y graduado, lo que supone un `cajón desastre´, aunque las capacitaciones obtenidas no tengan nada que ver con la rama de la informática, evidenciándose como la convocatoria contraviene el ordenamiento jurídico, atentando de manera frontal contra los principios de mérito y capacidad”.
Lamentablemente esta situación en la que se opta por no realizar convocatorias para aquellos perfiles profesionales calificados específicamente para el puesto a ocupar no es uno algo aislado en Galicia. Los procesos de selección de sustituciones o interinidades para puestos de profesorado en el área de Informática también presentan desigualdades manifiestas. Según la orden de 20 de noviembre de 2019 (DOG número 235, página 52463 de 11 de diciembre de 2019) la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional daba publicidad a las titulaciones que permiten la incorporación a las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidades y relevos de los cuerpos de maestros, de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional y de profesores de escuelas oficiales de idiomas que imparten las enseñanzas reguladas. Este texto abre la opción de impartir docencia en las áreas de Informática y en la de Sistemas y Aplicación Informáticas, a titulaciones marcadamente diferentes y que no tienen los temarios ni la formación específica, y por lo tanto las capacidades idóneas.
Así las cosas, una vez conocida la resolución del TSXG, el CPETIG acata el fallo pero continuará defendiendo los intereses que considera legítimos por las vías que tenga a su disposición, entre ellas, la propia judicial. Esta sentencia no modifica ni un ápice la situación ni supone freno alguno a la defensa de los intereses de los profesionales de este sector por parte del colegio. El colectivo profesional denuncia que en Galicia se está produciendo un “inaceptable agravio” a la Ingeniería Técnica en Informática en el acceso a la función pública, algo que debería ser resuelto de manera inmediata por los máximos responsables del Gobierno gallego para poder ofertar procesos que garanticen los máximos estándares de responsabilidad y transparencia y que incorporen la aquellos profesionales que ostentan una alta cualificación específica y acorde con la función a desarrollar.
“Lo cierto es que el agravio que estamos sufriendo es doble. Por una parte, se abre la posibilidad a que cualquiera opte a puestos que tienen la necesidad de contar con conocimientos específicos, mientras que en otras escalas (Ingeniero técnico de minas, Ingeniero técnico de obras públicas, Ingeniero técnico industrial, Topógrafos o Arquitectos técnicos) las titulaciones mínimas exigidas son las que corresponden la esa misma nomenclatura. Y por otra parte, lo que ocurre en Galicia no ocurre en otras comunidades autónomas, que sí supieron modificar su criterio y sus resoluciones para hacerlas más justas y eficientes, y hasta crearon cuerpos específicos de Informática, como en el caso de la Comunidad Valenciana”, advierten desde el CPETIG.
Además, el colegio profesional defiende que “no existe en la actualidad ni un solo servicio público que no dependa estrechamente de la Informática. Precisamente por eso es un asunto de vital importancia escoger la aquellos profesionales más capacitados para desarrollar tareas específicas que requieran de los conocimientos impartidos en la titulación de referencia”. El CPETIG demostró que el temario del proceso que se recurrió es ajustado a los de la Ingeniería e Ingeniería Técnica Informática, por lo que se “atenta directamente contra los principios de mérito y capacidad y se vulnera el de igualdad”. En opinión del ente colegial, el Gobierno gallego no está dando cumplimiento a un precepto fundamental, el de gobernar para la ciudadanía cumpliendo sus funciones con la mayor eficiencia posible.
Una lucha que viene de lejos
En la resolución del TSXG se recoge la reflexión del tribunal sobre “si el precepto legal es o no adecuado”. Precisamente ese juicio de valor es lo que puede resolver la Xunta de Galicia a la hora de convocar procesos de esta naturaleza. Por eso, el CPETIG insta al ejecutivo autonómico a que aclare por qué no quiere reconocer las capacidades profesionales específicas de los agentes de un sector altamente valorado en el sector privado desde hace años.
Esta férrea defensa de los intereses del sector por parte del Colegio es una constante de la actividad del colectivo desde sus inicios. Ya en 2009 se reivindicó la creación de una escala técnica en informática, con una titulación mínima de Ingeniería Técnica en Informática o equivalente.
El CPETIG no cesará en su defensa de la profesión y de los profesionales e insiste en que la Xunta de Galicia tiene el deber moral de velar por los intereses de todos los trabajadores y de todos los sectores, en igualdad de condiciones (incluida la Ingeniería Técnica en Informática), poner en marcha procesos de selección con las máximas garantías y transparencia posibles y ofrecer unos servicios públicos eficientes y de calidad con los profesionales más cualificados posibles.