El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática (CONCITI), que preside Marcos Mata, y del que forma parte el CPETIG, ha impugnado el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva Europea relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, que entre otras cosas incluye en su Anexo VIII (que mantiene del anterior RD al que modifica) el listado de profesiones reguladas en España y en el que una vez más, sorprendentemente, se excluyen las ingenierías en informática.
Esta exclusión se produce pese a haber acreditado en el periodo de audiencia y durante la tramitación de la norma que había actividades en las que se exigía el título para poder ejercer dicha actividad.
Durante la tramitación del Real Decreto (2016-2017), los Consejos Generales de Colegios de Ingeniería Técnica e Ingeniería en Informática mantuvieron distintas reuniones con el Ministerio de Industria, Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital y Ministerio de Educación, con el fin de que se incluyeran las profesiones en el Anexo VIII, corrigiendo la anómala situación de una profesión en la que de facto, ya existen actividades para las que son requeridas las titulaciones en Informática.
Finalmente, desde la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y Agenda Digital, se solicitó formalmente al Ministerio de Educación la equiparación de la Ingeniería e Ingeniería Técnica en Informática al resto de profesiones reguladas, solicitud que no fue atendida debido a la urgencia en la transposición de la Directiva Europea, informando de que se trabajaría en su incorporación a través de una Comisión Interministerial, que hasta la fecha no ha sido creada.
Una vez publicada la norma en el BOE sin la inclusión de la profesión en el Anexo VIII, el 1 de septiembre de 2017 CONCITI interpuso recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Supremo por la no inclusión de la profesión en el Anexo VIII, que se espera resuelva lo que CONCITI cree que es de justicia reconocer.
La no regulación de la profesión de Ingeniero Técnico en Informática supondrá mantener una situación diferencial respecto al resto de ingenierías, algo que afecta tanto al ámbito profesional, donde se repetirán situaciones de falta de garantías y responsabilidades en los servicios prestados desde empresas y administraciones públicas, como al ámbito académico, con agravios en tasas de los másteres, reconocimiento y homologación de títulos extranjeros y en general la diversa legislación que da un trato diferente a una profesión si es o no regulada.
Habida cuenta del cambio de gobierno y pese a que el contencioso sigue su curso para resolver lo que el anterior gobierno no atendió, CONCITI contactará con los nuevos responsables de los ministerios implicados con objeto de no prolongar más este agravio que sufre el colectivo.