Comunicado CONCITI: O Goberno denega a Creación do Consello de Colexios

 

El gobierno ha contestado a la misma con la denegación de la creación de dicho Consejo, vulnerando así, la citada Ley 2/1974, y dejando en clara indefensión a todo el Colectivo que la creación de Consejo debe representar.

 A esta negativa, se suman una lista de despropósitos por parte del Gobierno del Estado en contra de este Colectivo.

  1. La no regulación de la profesión de las Ingenierías en Informática, siendo las única Ingenierías que NO tienen la profesión regulada ni definida como tal.
  2. La no inclusión de las fichas de Grado y Máster en Ingeniería Informática, en las mismas condiciones que el resto de las Ingenierías.
  3. No contar con este colectivo en los distintos foros que asesoran al Gobierno en las actuaciones relacionadas con la Sociedad de la Información, de la cual somos garantes y propulsores.

Este Comité insta al Gobierno a que se avenga a dar solución al desamparo que este Colectivo está sufriendo en detrimento del buen avance la Sociedad en la era de la Informática.

Las Ingenierías en Informática, son hoy en día la primera Ingeniería de España en número de estudiantes (más de 95.000) y cuenta con cerca de 120.000 titulados, siendo el motor fundamental de la incorporación plena de España a la Sociedad de la Información, representando aproximadamente cerca del 2% del PIB nacional.

Anexo: Pregunta al gobierno con respuesta escrita:

<< Pregunta al gobierno con respuesta escrita: Fase de tramitación de la constitución del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos en Informática, solicitada por los Colegios de ámbito autonómico al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio el 07/05/2007.

Motivos por los que no se ha tramitado la creación del Consejo de Colegios de Ingenieros Técnicos en Informática, por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio que según la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales será automática en el momento que existan varios Colegios a nivel autonómicos. Presentado el 11/09/08, clasificado el 16/09/08. >> << Respuesta del Gobierno:

(184) Pregunta Escrita Congreso 184/29873 y 29874 11/09708 35000 y 35001 Autor/a: Cortes Martín, Miguel Ángel y Vázquez Abad, Jesús (GP) Respuesta:

  • La Ley 12/86, de 1 de abril, regula las atribuciones profesionales de arquitectos e ingenieros técnicos, dando así respuesta al mandato del articulo 36 de la Constitución.
  • La mencionada Ley no regula específicamente las atribuciones profesionales de los Ingenieros Técnicos en Informática ni el régimen jurídico de los Colegios Profesionales de estos titulados, por lo que cabe entender que existe regulación, por asimilación con otras titulaciones.
  • Por ello, los diferentes Colegios Profesionales de ámbito autonómico que se han ido creando, no tienen un engarce directo con la Ley, y por la misma razón el Ministerio de Industria, Turismo y comercio no ha procedido a crear el consejo de Colegios.

Madrid 4 de diciembre del 2008 >>

 

np20081213-01-gobierno-deniega-creacion-del-consejo-iti-conciti.pdf